Admisión y escolarización curso 2025/2026

Desde el día 1 de marzo al 1 de abril está abierto el procedimiento para solicitar plaza en los centros educativos de Andalucía. Este procedimiento se regula en nuestra comunidad por el Decreto 21/2020, de 17 de febrero, modificado por el Decreto-Ley 2/2021, de 2 de febrero.

No se ha de solicitar ni para el alumnado que ya esté matriculado en el centro, ni para el que pertenezca a nuestros centros adscritos (la matriculación se efectúa del 1 al 10 de julio):

  • Para 1º ESO: todo el alumnado procedente del CEIP José Calderón, CEIP Pablo Neruda y CEIP Miguel Hernández; y el 20% del alumnado del CEIP Intelhorce, 
  • Para 3º ESO: alumnado del CEIP El Tarajal.
  • Para 1º de Bachillerato: alumnado procedente del IES Torre del Prado, IES María Victoria Atencia y el 50% del alumnado del C.D.P. Ciudad de Los Niños. Todo este alumnado y el de 4º del IES Campanillas ha de indicar en sus centros si la plaza se reserva para Bachillerato de Ciencias y Tecnología o para Humanidades y Ciencias Sociales, antes del 31 de marzo.

Para el resto del alumnado, las únicas plazas vacantes son las de los cursos siguientes:

  • Educación Especial: 4 plazas.
  • 1º ESO: 24 plazas (1 de las cuales está reservada a alumnado con necesidades educativas especiales).
  • 4º ESO: 1 plaza.
  • 2º Bachillerato – Ciencias y Tecnología: 4 plazas.

Adjuntamos documento con la publicación de la oferta.

Por otro lado, damos a conocer lo siguiente sobre el procedimiento de admisión:

  • Solicitud telemática a través de la Secretaría Virtual: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/
  • Documentos oficiales del centro, Proyecto Educativo, ROF y Proyecto de Gestión en: https://iescampanillas.com/documentos/
  • Contamos con servicios complementarios autorizados de transporte y comedor escolar (28 plazas). Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precisen, llamando al teléfono 952433272 o escribiendo al correo secretaria@iescampanillas.com .
  • Además, para atender consultas sobre todo el proceso de escolarización, la Consejería ha habilitado un teléfono gratuito de información (900 848 000), en horario ininterrumpido de 8.00 a 19.00 horas.

A continuación, pueden ver el calendario del procedimiento de admisión y escolarización, con el baremo de puntuación correspondiente.

También adjuntamos mapas y viales del área de influencia correspondientes a Secundaria y Bachillerato.

Sobre las prioridades en la admisión, los criterios regulados en la normativa son los siguientes:

1. El alumnado procedente de los centros adscritos tendrá prioridad en la admisión en el centro que le corresponda, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3.

2. Los hijos e hijas cuyo padre, madre, tutor o guardador tenga su puesto de trabajo habitual en el centro docente solicitado tendrán prioridad en la admisión en dicho centro, en las condiciones que se establezcan mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

3. El alumnado que curse simultáneamente enseñanzas regladas de música o danza y educación secundaria tendrá prioridad para ser admitido en los centros que impartan educación secundaria que determine la Consejería competente en materia de educación. El mismo tratamiento se aplicará al alumnado que siga programas deportivos incluidos en los niveles del Deporte de Rendimiento de Andalucía, así como a las personas deportistas de alto nivel o alto rendimiento de otras Comunidades Autónomas, y a quienes dispongan de licencia deportiva en vigor en cualquier Sociedad Anónima Deportiva con domicilio social en Andalucía que compita en la máxima categoría nacional.

4. Tendrán prioridad en el ámbito territorial que corresponda al domicilio o al lugar de trabajo, indistintamente, de alguna de las personas que ostenten la patria potestad, la tutela o guarda, aquellos alumnos y alumnas cuya escolarización en centros públicos y privados concertados venga motivada por el traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los padres, madres, tutores o guardadores, por situación de adopción u otras medidas de protección de menores, por discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la unidad familiar o por un cambio de residencia derivado de actos de violencia de género. Asimismo, tendrá prioridad en dicho ámbito territorial el alumnado víctima directa de acto terrorista o familiar hasta el segundo grado por consanguinidad de una persona víctima de terrorismo.

5. Lo establecido en los apartados anteriores se aplicará con anterioridad al comienzo del procedimiento de admisión del alumnado en las restantes plazas vacantes. En caso de existir más solicitudes de alumnado con prioridad que vacantes disponibles, estas se otorgarán en primer lugar al alumnado al que se refiere el apartado 1, después al alumnado al que se refiere el apartado 2 y finalmente al resto de colectivos recogidos en este artículo, ordenados en función de la puntuación alcanzada por la aplicación de los criterios de admisión establecidos en el presente Decreto.

Viaje de Estudios: Roma, Nápoles y Pompeya.
Desayuno Andaluz.
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